DECLARACION CONSTITUCIONAL 0001/2006
Fecha: 16-Ene-2006
I.1.1. Hechos que motivan la consulta
Mediante memorial presentado el 16 de noviembre de 2005 (fs. 7 a 9 vta.), Héctor Sandoval Parada, Presidente interino de la Corte Suprema de Justicia, manifiesta que con la autorización de Sala Plena según Acuerdo 14/2005, de 9 de noviembre, el caso que motiva la consulta tiene sus antecedentes en los hechos ocurridos en junio del presente año, que son de dominio público y que derivaron en la renuncia al cargo de Presidente de la República del ciudadano Carlos Diego Mesa Gisbert y la designación por el Congreso como nuevo Presidente de la República de Eduardo Rodríguez Veltzé en observancia del art. 93.III de la CPE, por encontrarse desempeñando el cargo de Presidente de la Corte Suprema de Justicia, dado que los presidentes del Senado y de la Cámara de Diputados renunciaron a su prerrogativa de ocupar la Presidencia de la República de acuerdo al art. 93 Constitucional.
- I.1.1. Hechos que motivan la consulta
- por lo que a fin de pronunciarse sobre dicha petición, resulta necesario definir la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la norma legal aplicable al caso, cual es el art. 6 de la LOJ
- ARTÍCULO 6º.- INCOMPATIBILIDAD DE LA FUNCION JUDICIAL CON OTROS CARGOS PUBLICOS
- Fragmento 4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- de leyes, decretos o resoluciones aplicables a un caso concreto
- de los puntos específicamente señalados por la autoridad legitimada
- Fragmento 8
- III.2. La estructura política del Estado en el sistema constitucional boliviano
- III.3. El Poder Judicial en el sistema constitucional boliviano
- III.4. La problemática planteada en la consulta
- III.4.1. Juicio de constitucionalidad del art. 6 de la LOJ con relación al art. 116.IX de la CPE
- III.4.2. Juicio de constitucionalidad del art. 6 de la LOJ con relación al art. 93.III de la CPE
- III.
- CONSTITUCIONALIDAD