DECLARACION CONSTITUCIONAL 0001/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACION CONSTITUCIONAL 0001/2006

Fecha: 16-Ene-2006

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El Presidente de la Corte Suprema de Justicia consulta sobre si las normas previstas por el art. 6 de la LOJ son compatibles o incompatibles con las normas de los arts. 93.III y 116.IX de la CPE. En consecuencia, corresponde a este Tribunal someter a juicio de constitucionalidad la disposición legal que genera la duda en el consultante, para determinar su compatibilidad o incompatibilidad con las normas constitucionales referidas.