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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0038/2006-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0038/2006-R

    Fecha: 11-Ene-2006

    III.8.

    III.8. Con referencia al investigador de la PTJ co-demandado, asignado al caso, cabe aclarar que éste se sujetó a dar cumplimiento a la orden de aprehensión emitida por el Juez recurrido, y en cuanto a la supuesta forma violenta y agresiva en que fue conducido el recurrente, se debe citar la siguiente línea jurisprudencial inmersa en la SC 1346/2004, de 17 de agosto:

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • i)
    • 1)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • III.1.
    • III.4.
    • III.5.
    • III.6.
    • III.7.
    • III.8.
    • no basta su mera referencia y sindicación para dar crédito a tales aseveraciones, más aún cuando tales hechos no pueden ser protegidos por el recurso de hábeas corpus, que tiene por única finalidad la protección del derecho a la libertad
    • no pueden ser analizados a través de este recurso que tiene como finalidad única hacer efectiva la protección de la libertad individual cuando la persona ha sido ilegal o indebidamente, detenida, perseguida, amenazada o presa
    • 1º      REVOCAR en parte
    • 2º

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