SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0076/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0076/2006-R

Fecha: 25-Ene-2006

II.2.

II.2. En ejecución de sentencia, el ahora recurrente solicitó al Juez recurrido ordene a la entidad militar demandada proceda a desocupar y entregar los terrenos objeto del proceso (fs. 5); mereciendo el Auto de 28 de febrero de 2005, que al reconocer encontrarse la sentencia ejecutoriada y constituida en autoridad de cosa juzgada y de cumplimiento obligatorio, dispuso se notifique al comandante del grupo aéreo 64 para que desocupen y entreguen los terrenos al ahora recurrente, bajo conminatoria de librarse mandamiento de desapoderamiento (fs. 5 vta.); sin embargo, los demandados promovieron un incidente argumentando que no podían proceder a la entrega de los terrenos en razón de que no se encontraban en posesión de los mismos y, que tanto el recurrente como la Alcaldía Municipal y otras personas hicieron invasión masiva de dichos terrenos. Incidente que fue resuelto por el Juez recurrido mediante Auto de 31 de marzo de 2005 determinando que al existir sentencia ejecutoriada con calidad de cosa juzgada, los demandados debían cumplir de manera obligatoria sus determinaciones (fs. 13); Resolución que apelada, fue concedida en el efecto devolutivo por el Juez recurrido mediante Auto de 20 de abril de 2005 -ahora impugnado- (fs. 10 vta.).