Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1057/2006-R
Fecha: 23-Oct-2006
I.2.3. Intervención del tercero interesado
El tercero interesado expresó que lo que pretende el recurrente con este recurso es que se anulen el Auto Supremo, el Auto de Vista y todas las Resoluciones pasadas en autoridad de cosa juzgada, donde se condenó en costas al Banco Central de Bolivia que pudo presentar algún recurso pero no lo hizo dando por aceptados y bien hechas las Resoluciones emitidas por la Corte Superior y la Corte Suprema de Justicia.