Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1057/2006-R
Fecha: 23-Oct-2006
II.9.
II.9. A fs. 74 cursa un memorial de 5 de diciembre de 2005, de los abogados patrocinantes del demandante, señalando que habiendo sido notificado el Banco Central de Bolivia, con el Auto de Vista que confirmó la Resolución emitida el 28 de septiembre de 2004, se ordene la retención de las cuentas de la entidad bancaria. Por decreto de 6 de diciembre de 2005, la Jueza recurrida defirió lo solicitado (fs. 74 vta.).