Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1122/2006-R
Fecha: 08-Nov-2006
II.2.
II.2. Por memorial de 26 de septiembre de 2006 (fs. 70 y vta.), presentado al día siguiente, el recurrente solicitó la suspensión de la audiencia de 27 de septiembre de 2006, por razones de salud de su hijo, al tener que ser sometido a exámenes médicos y porque la madre de su descendiente se encontraba ausente, por lo que su presencia en el hospital Eduardo Eguía era urgente.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- i)
- III.1.
- empero en cada caso, el Juez está obligado a establecer la importancia de las circunstancias frente al acto procesal
- III.2.
- III.3.
- o de manera simultánea
- medio de impugnación que está pendiente de resolución
- III.4.
- APROBAR