Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1122/2006-R
Fecha: 08-Nov-2006
medio de impugnación que está pendiente de resolución
En la especie, de los antecedentes que informan el cuaderno procesal se advierte que por memorial de 30 de septiembre de 2006, el recurrente interpuso recurso de apelación incidental, contra el Auto de 27 de septiembre de 2006, por el cual la Jueza recurrida dispuso la detención preventiva, medio de impugnación que está pendiente de resolución; no correspondiendo en consecuencia, pronunciamiento alguno al estar activado un medio tutelar idóneo e inmediato que resolverá ese extremo y en el que perfectamente se puede revertir la decisión ahora impugnada, por lo que corresponde declarar la improcedencia de esta acción tutelar por subsidiaridad respecto a esta problemática.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- i)
- III.1.
- empero en cada caso, el Juez está obligado a establecer la importancia de las circunstancias frente al acto procesal
- III.2.
- III.3.
- o de manera simultánea
- medio de impugnación que está pendiente de resolución
- III.4.
- APROBAR