Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1122/2006-R
Fecha: 08-Nov-2006
recurso de hábeas corpus
En revisión la Resolución 215/2006, de 3 de octubre, cursante de fs. 160 a 162, pronunciada por el Juez de Partido Mixto Liquidador y de Sentencia de Tupiza del Distrito Judicial de Potosí, dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Freddy Fernando Surriable Cortez contra Pastora Cabrera Misericordia, Jueza de Instrucción Mixta y Cautelar de Tupiza del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de sus derechos a la dignidad, a la libertad, a la vida, a la salud, a la seguridad, al trabajo, a la petición, a la defensa y de la garantía del debido proceso, consagrados en los arts. 6.II, 7 incs. a), d) y h) y 16.II y IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- i)
- III.1.
- empero en cada caso, el Juez está obligado a establecer la importancia de las circunstancias frente al acto procesal
- III.2.
- III.3.
- o de manera simultánea
- medio de impugnación que está pendiente de resolución
- III.4.
- APROBAR