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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1126/2006-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1126/2006-R

    Fecha: 08-Nov-2006

    cuando exista una solicitud firmada y plenamente justificada del titular con quince días de anticipación

    A su vez, el art. 37 del Reglamento Interno del Concejo Municipal de Puerto Suárez determina que: “Los (as) Concejales (as) suplentes debidamente acreditados, podrán ejercer la titularidad durante la ausencia de éste, cuando exista una solicitud firmada y plenamente justificada del titular con quince días de anticipación” (las negrillas nos corresponden).

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3..Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • Fragmento 14
    • cuando exista una solicitud firmada y plenamente justificada del titular con quince días de anticipación
    • III.3.
    • III.4.
    • concedido
    • APRUEBA

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