Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1139/2006-R
Fecha: 13-Nov-2006
concedió
La Resolución 15/2006, de 23 de enero, cursante de fs. 209 a 212; concedió el amparo solicitado y lo declaró procedente dejando sin efecto el Auto Supremo 51/2005 de 22 de noviembre de 2005 y el Auto complementario de 2 de diciembre de 2005, disponiendo que las autoridades recurridas resuelvan conforme a Derecho el recurso de casación interpuesto por el recurrente, restituyendo los derechos y garantías constitucionales extrañados en la presente Resolución, “sin responsabilidad civil ni penal”.
- recurso de amparo constitucional
- ,
- por denegación de los derechos y garantías fundamentales de ser oída, explicada y complementada en sus pretensiones” (sic);
- Fragmento 4
- volviendo a invocar la vulneración a su derecho a la petición y a “ser oídos” de acuerdo a lo previsto en el art. 7 inc. h) de la CPE, por cuanto no se atendió debidamente a la solicitud de explicación y enmienda, que constituye
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- no se tomó en cuenta la modificación al petitorio expuesto en la audiencia
- III.2
- es necesario que el peticionante obtenga una respuesta formal y escrita, que debe ser necesariamente comunicada o notificada, a efecto de que la parte interesada, si considera conveniente, realice los reclamos y utilice los recursos previstos por Ley'
- ese derecho se puede estimar como lesionado
- III.3.
- REVOCA