Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1139/2006-R
Fecha: 13-Nov-2006
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución 15/2006, de 23 de enero cursante de fs. 209 a 212, pronunciada por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Hugo Salvatierra Oporto en representación de la Cámara Departamental de Minería de Oruro (CADEMIN) contra Eddy Wálter Fernández Gutiérrez, Juan José González Osio y Julio Ortiz Linares, Ministros de la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia; alegando la vulneración de “(…) los derechos y garantías fundamentales comprendidos en los arts. 7 primer párrafo e incis. a), h) y k) y 16.II y IV de la Constitución Política del Estado” (sic).
- recurso de amparo constitucional
- ,
- por denegación de los derechos y garantías fundamentales de ser oída, explicada y complementada en sus pretensiones” (sic);
- Fragmento 4
- volviendo a invocar la vulneración a su derecho a la petición y a “ser oídos” de acuerdo a lo previsto en el art. 7 inc. h) de la CPE, por cuanto no se atendió debidamente a la solicitud de explicación y enmienda, que constituye
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- no se tomó en cuenta la modificación al petitorio expuesto en la audiencia
- III.2
- es necesario que el peticionante obtenga una respuesta formal y escrita, que debe ser necesariamente comunicada o notificada, a efecto de que la parte interesada, si considera conveniente, realice los reclamos y utilice los recursos previstos por Ley'
- ese derecho se puede estimar como lesionado
- III.3.
- REVOCA