Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1141/2006-R
Fecha: 13-Nov-2006
II.1.
II.1. Por memorial de 12 de diciembre de 2005 el recurrente dirigiéndose al presidente del Tribunal de Sentencia de Entre Ríos, provincia O'connor del Distrito Judicial de Tarija, formuló recusación contra los dos Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia, Antonio Campero Segovia y Trinidad Peña Agüero; asimismo, contra la Secretaría de dicho Tribunal, Maria Angélica Guillen Sánchez (fs. 7).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6
- a)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- dado que quedaría conformado sólo por los tres jueces ciudadanos, su naturaleza mixta quedaría afectada, pues precisa para constituirse por lo menos un juez técnico, por lo que se deberá convocar al número de jueces técnicos suficientes para conformar el tribunal, lo que equivale a decir que se deberá convocar a un juez técnico del siguiente Tribunal de Sentencia en número, debiendo de esa manera completarse el tribunal para que considere la recusación a los dos jueces técnicos.
- III.4.
- APRUEBA