Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1141/2006-R
Fecha: 13-Nov-2006
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución 3/2006, de 9 de febrero, cursante de fs. 60 a 63 vta., pronunciada por el Juez de Partido Mixto y Liquidador de Entre Ríos del Distrito Judicial de Tarija, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Valmore Donoso Trigo contra Anibal Bravo, Elvira Baldiviezo Cardozo, Salvio Azama Ríos, Jueces Ciudadanos del Tribunal de Sentencia de Entre Ríos del mismo Distrito Judicial, aduciendo la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, a la defensa y la garantía del debido proceso, consagrados en los arts. 7 inc. a), 16.II y IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6
- a)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- dado que quedaría conformado sólo por los tres jueces ciudadanos, su naturaleza mixta quedaría afectada, pues precisa para constituirse por lo menos un juez técnico, por lo que se deberá convocar al número de jueces técnicos suficientes para conformar el tribunal, lo que equivale a decir que se deberá convocar a un juez técnico del siguiente Tribunal de Sentencia en número, debiendo de esa manera completarse el tribunal para que considere la recusación a los dos jueces técnicos.
- III.4.
- APRUEBA