Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1156/2006-R
Fecha: 17-Nov-2006
c)
c) Por lo señalado, se tiene que la recurrente fue quien no ejerció su derecho y de mutuo propio dejó de asistir a su fuente laboral, constituyéndose en un caso de abandono de funciones y no de despido, por lo que consideran no haber vulnerado derecho alguno, pidiendo en definitiva la improcedencia del recurso, sea con costas y multa a la recurrente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- b)
- c)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6. .
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- tareas propias y permanentes
- consecuentemente en actividades propias de la empresa p
- III.3.
- APROBAR