SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1156/2006-R
Fecha: 17-Nov-2006
procedente
Mediante la Resolución 20/2006, de 31 de enero (fs. 46 a 48), la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, declaró procedente el recurso y dispuso la reincorporación de la recurrente a su fuente laboral de Bibliotecaria, así como la asignación del subsidio prenatal y el derecho a la afiliación a la CNS que por ley le asiste, con costas y multa a calificarse conforme al art. 102.III de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC). Este fallo tiene los siguientes fundamentos:
Que en consecuencia, el Tribunal de amparo al haber declarado procedente el recurso, ha compulsado debidamente los antecedentes procesales y dado correcta aplicación al citado art. 19 de la Ley Fundamental. Con la aclaración que se debió conceder el recurso en mérito a la SC 0505/2005-R, de 10 de mayo, siendo esta la terminología adecuada al haberse ingresado al análisis de fondo del asunto.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- b)
- c)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6. .
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- tareas propias y permanentes
- consecuentemente en actividades propias de la empresa p
- III.3.
- APROBAR