SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1202/2006-R
Fecha: 28-Nov-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente denuncia la lesión de sus derechos a la seguridad jurídica, a la defensa y de la garantía del debido proceso, consagrados en el art. 16.II y IV de la CPE, por cuanto dentro del proceso coactivo fiscal seguido por el SEDES contra el recurrente, se cometieron una serie de irregularidades procedimentales que no fueron rectificadas por el Juez ni por los Vocales recurridos, por cuanto pese a que el Juez de la causa mediante Auto de 18 de agosto de 2004 anuló obrados hasta fs. 1 inclusive del proceso, lo que significó que quedó invalidado inclusive el memorial de la demanda, por lo que debió citárselo nuevamente con una nueva demanda interpuesta por representantes legales actuales; lo que no ocurrió volviendo a citarlo con la misma demanda interpuesta por los ex representantes legales del SEDES; luego se le notificó en estrados judiciales con la Sentencia dictada, privándole del derecho de interponer los recursos respectivos, dejándolo en estado de indefensión. Consiguientemente, corresponde analizar si los hechos reclamados se encuentran dentro del ámbito de protección que otorga el art. 19 de la CPE.