Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1208/2006-R
Fecha: 30-Nov-2006
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
A solicitud del Magistrado Relator por requerir de mayor análisis y amplio estudio, de conformidad a los establecido en el art. 2 de la Ley 1979, de 24 de mayo de 1999, mediante Acuerdo Jurisdiccional 179/2006, de 20 de noviembre (fs. 79), se procedió a ampliar el plazo procesal en la mitad del término principal, siendo la fecha de nuevo vencimiento el 19 de diciembre de 2006, por lo que la presente Sentencia es pronunciada dentro del plazo legalmente establecido.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- 1.2.3. Informe de la tercera interesada
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 14
- III.1.
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa,
- III.2.
- REVOCAR