Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1208/2006-R
Fecha: 30-Nov-2006
II.5.
II.5. Mediante SC 1384/2005-R, de 31 de octubre, se declaró improcedente por subsidiariedad el recurso de amparo constitucional interpuesto por la ahora recurrente contra el Juez recurrido, con el fundamento de no estar agotada la vía ordinaria de reclamo, al no haber sido resuelto el recurso de apelación interpuesto por la recurrente (fs. 47 a 53).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- 1.2.3. Informe de la tercera interesada
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 14
- III.1.
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa,
- III.2.
- REVOCAR