SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1313/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1313/2006-R

Fecha: 18-Dic-2006

1)

El recurrente ratificó su recurso, añadiendo manifestó que: 1) si bien existe un doble trámite tanto en la vía penal como agraria, en virtud a las SSCC “1646/04, de 11 de octubre de 2004 y 1285/2002 de 21 de octubre de 2002”, que son vinculantes, debe concederse la tutela que brinda el amparo constitucional por cuanto existe obstrucción del camino o la vía vecinal, aún cuando éste sea público o privado; 2) que se permita transitar provisionalmente por la vía en cuestión hasta que se dilucide el problema en la vía legal correspondiente; 3) con derecho a la réplica manifestó que no se tome en cuenta las fotocopias sin legalizar presentadas por el recurrido por no tener la fuerza legal prevista en el art 1311.I del Código Civil (CC).