Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1314/2006-R
Fecha: 18-Dic-2006
II.2.
II.2. A fs. 5 cursa el despacho registrado por el Fiscal General de la República, Pedro Gareca Perales, de 23 de noviembre de 2005, a favor del recurrente que le serviría como título para el ejercicio de sus funciones, goce de prerrogativas y remuneraciones como Fiscal de Materia III del Distrito de Beni.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- III.2. Desplazamiento de Fiscales
- el mismo debe ser por un tiempo determinado y para la atención de asuntos específicos, previa declaratoria en comisión
- III.3. Segundo extremo cuestionado por el Fiscal recurrente
- APRUEBA