Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1315/2006-R
Fecha: 18-Dic-2006
APRUEBA
El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción y competencia que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE, arts. 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, con los fundamentos expuestos, en revisión APRUEBA la Resolución 16/2006, de 27 de marzo, cursante de fs. 156 a 158 vta., pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz y, en consecuencia CONCEDE la tutela invocada, aclarando que la representada del recurrente debe restituirse inmediatamente a su función de Administrativa de la Secretaría de la Comisión Política del Concejo Municipal de La Paz, con responsabilidad civil a calificarse por la Corte de amparo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Protección legal y jurisprudencia constitucional
- no puede ser afectada en su nivel salarial
- sino a esa conservación con el mismo nivel salarial, categoría y lugar de funciones
- al haberse dispuesto la afectación del nivel jerárquico que ocupaba en el Gobierno Municipal al cambiársele su ítem de Jefa de Fiscalización al de asistente de planillas
- III.2. Caso analizado
- III.3. Inexistencia de actos consentidos
- III.4. Terminología adecuada en Resoluciones y Sentencias Constitucionales que resuelven recursos de amparo constitucional
- APRUEBA