SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1315/2006-R
Fecha: 18-Dic-2006
procedente
Mediante Resolución 16/2006, de 27 de marzo, cursante de fs. 156 a 158 vta., pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, se declaró procedente el recurso, disponiendo la restitución inmediata de la representada del recurrente a sus funciones de Secretaria de la Comisión Política del Concejo Municipal de La Paz, así como el pago de sus sueldos y demás beneficios adeudados, con el fundamento de que las autoridades recurridas a tiempo de implementar una política de rotación de personal afectando a la representada del recurrente al trasladarla al Servicio de Té que es un servicio doméstico, contrario a su designación primaria para un cargo administrativo, vulneraron sus derechos a la vida, salud, seguridad, trabajo, a formular peticiones, a una remuneración justa y a la seguridad social.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Protección legal y jurisprudencia constitucional
- no puede ser afectada en su nivel salarial
- sino a esa conservación con el mismo nivel salarial, categoría y lugar de funciones
- al haberse dispuesto la afectación del nivel jerárquico que ocupaba en el Gobierno Municipal al cambiársele su ítem de Jefa de Fiscalización al de asistente de planillas
- III.2. Caso analizado
- III.3. Inexistencia de actos consentidos
- III.4. Terminología adecuada en Resoluciones y Sentencias Constitucionales que resuelven recursos de amparo constitucional
- APRUEBA