SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0142/2006-R
Fecha: 06-Feb-2006
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 3 de junio de 2005, cursante de fs. 255 a 257 vta., el recurrente asevera que dentro del proceso laboral por pago de beneficios sociales devengados contra la empresa EXAMAR a la cual representa su poderconferente, el juez de la causa dictó Sentencia el 28 de noviembre de 2004, fallo que al serle desfavorable recurrió en apelación mediante memorial presentado el 18 de enero de 2005, que fue rechazado por supuesta presentación fuera del término de ley; extremo carente de veracidad, por cuanto de acuerdo a la copia de la diligencia dejada en su domicilio procesal, dicha Sentencia le fue notificada el 13 de enero de 2005; sin embargo, extrañamente aparece otra diligencia en el expediente cursante a fs. 176, como si la notificación hubiera sido practicada el 12 de enero de 2005, con la firma de un mismo testigo de actuación de nombre Milton Navarro para avalar dicha irregularidad; existiendo contradicción entre las fechas de ambas diligencias, por lo que efectuó reclamo formal ante el Juez de la causa en sentido de que la notificación “en términos materiales” es distinta a la que supuestamente cursa en obrados, autoridad judicial que no indagó en vía incidental sobre el reclamo planteado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- procedente en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2.
- notificación con la Sentencia
- nulidad de actuaciones,
- agotada esa vía recién se abre la competencia de la jurisdicción constitucional, para conocer y resolver el fondo de lo denunciado
- III.3.