Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0142/2006-R
Fecha: 06-Feb-2006
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 24 de junio de 2005 cursante de fs. 279 a 281 vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Henry Alvaro Pinto Dávalos en representación de Jaime Alberto Rico Villarroel representante de la empresa EXAMAR Ltda., contra Alejandro Seifert Danschin, Juez Segundo de Partido de Trabajo y Seguridad Social, alegando la vulneración de sus derechos a la defensa, a la seguridad jurídica, a recurrir de las resoluciones desfavorables y al debido proceso, previstos en los arts. 16.II y IV; 7 inc. a) de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- procedente en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2.
- notificación con la Sentencia
- nulidad de actuaciones,
- agotada esa vía recién se abre la competencia de la jurisdicción constitucional, para conocer y resolver el fondo de lo denunciado
- III.3.