SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0142/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0142/2006-R

Fecha: 06-Feb-2006

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El abogado del recurrente ratificó y reiteró los argumentos expuestos en la demanda; añadiendo que con la Sentencia dentro del proceso social por pago de beneficios sociales debió notificarse a su representado en forma personal y no así al abogado, por lo que el Juez debió disponer la nulidad de oficio o en su caso una nueva notificación al demandado, para garantizar su derecho a la defensa y debido proceso.