Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0142/2006-R
Fecha: 06-Feb-2006
II.3.
II.3. El 26 de enero de 2005, Alberto Rico Villarroel solicitó explicación, complementación y enmienda del Auto de 24 de enero de 2005 (fs. 228); habiendo merecido el decreto de 27 de enero de 2005 (fs.228 vta.) en sentido de que con carácter previo acompañe el original de la copia de la Sentencia, para que se provea lo que fuere de ley.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- procedente en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2.
- notificación con la Sentencia
- nulidad de actuaciones,
- agotada esa vía recién se abre la competencia de la jurisdicción constitucional, para conocer y resolver el fondo de lo denunciado
- III.3.