SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0177/2006-R
Fecha: 17-Feb-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
En este recurso el actor arguye que no obstante que su esposa y representada Magda Chávez Suárez actuó como apoderada de Limber Moreno Pedraza dentro del proceso de divorcio que éste sigue contra Geovanna Condori Bonacelli, la Jueza recurrida desconociendo las normas sustantivas que regulan el ejercicio del mandato y la disposición adjetiva que establece que los alcances de la sentencia sólo comprenderán a las partes que intervinieren en el proceso, con abuso de autoridad y exceso de poder, condenó a Magda Chávez Suárez a cumplir con el pago de asistencia familiar liquidada en la suma de Bs26.400.-, librando en su contra mandamiento de apremio, por lo que se encuentra ilegal e indebidamente recluida en la cárcel de “Palmasola”. Corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal y las normas legales aplicables, se debe otorgar o no la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- obligación personalísima respecto del acreedor
- obligación personalísima para el obligado
- Por ser un derecho personalísimo, todas las acciones que se relacionan con él tienen el carácter de exclusivamente personales
- de la parte obligada
- reconocen la facultad al Juez de ordenar apremio en contra del obligado que no haya cumplido con el pago de la asistencia familiar
- III.3.
- APROBAR