Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0188/2006-R
Fecha: 21-Feb-2006
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 5 de julio de 2005 a horas 17:00 ante el Fiscal de Materia de turno en plataforma, el recurrente solicitó que al existir una denuncia formulada en su contra en el SIN Chuquisaca, la autoridad hoy recurrida le extienda fotocopia legalizada de dicha denuncia, sea con certificación de quien fue la persona que presentó la misma (fs. 1).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la privacidad o intimidad personal
- derechos a la intimidad y privacidad personal y familiar, a la imagen, honra y reputación
- libertad de buscar, recibir y difundir información
- recibir cualquier información
- forma parte del derecho a la libre expresión e implica la facultad de toda persona a solicitar información de las instituciones públicas
- En Bolivia
- ARTÍCULO 18.- (Acceso a Archivos y Registros y Obtención de Copias). I.
- II.
- del contenido del derecho a la libre expresión
- III.3. Sobre el carácter subsidiario del recurso de hábeas data
- III.4.1.
- III.4.2.
- derecho a la imagen