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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0200/2006-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0200/2006-R

    Fecha: 21-Feb-2006

    I.1.3. Personas recurridas y petitorio

    El recurso se interpone contra Orlando Valdivia Gumucio y Julio Paredes Fuentes, Presidente y Secretario de Educación y Cultura de la OTB Florida II, solicitando se declare procedente el recurso de amparo constitucional y que en forma inmediata, se ordene la conexión de suministro de agua potable, con costas, daños y perjuicios.

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Personas recurridas y petitorio
    • a)
    • procedente
    • II.1.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • III.
    • III.1.
    • el recurso debe ser presentado hasta dentro de los seis meses de ocurrido el acto ilegal u omisión indebida o de agotados los medios y recursos judiciales ordinarios o administrativos idóneos para hacer cesar el acto, vale decir, que el recurso no podrá ser presentado cuando el plazo de los seis meses esté superabundantemente vencido
    • los reclamos deben ser interpuestos ante la instancia ordinaria o administrativa competente oportunamente, debiendo el agraviado por la lesión, hacer el seguimiento respectivo de su reclamo hasta agotar todas las instancias en el tiempo razonable, y para el caso de no obtener respuesta ni la cesación de la vulneración podrá acudir en el plazo de seis meses ante la jurisdicción constitucional a fin de que se compulse la amenaza, restricción o supresión al derecho fundamental
    • III.2.
    • III.3.
    • REVOCAR

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