Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0202/2006-R
Fecha: 21-Feb-2006
III.10.
III.10. Finalmente, es necesario precisar que los co-recurridos María Lourdes C. Saunero Nava e Iván Cortéz Castillo, en sus condiciones de Fiscalizadora y Director Regional de AASANA El Alto, respectivamente, carecen de legitimación pasiva para ser demandados en el presente recurso, por cuanto no intervinieron en la tramitación del proceso interno seguido contra el recurrente, ni emitieron las resoluciones impugnadas por éste. De manera que respecto de dichos funcionarios públicos, se debe declarar la improcedencia del recurso de amparo.