Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0277/2006-R
Fecha: 24-Mar-2006
II.3.
II.3. Por nota de 18 de enero de 2005 la Directora General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto le informó que el Acuerdo de Asunción sobre restitución de vehículos automotores terrestres y/o embarcaciones que transponen ilegalmente las fronteras entre los estados parte del MERCOSUR, se encuentra vigente en Bolivia desde el 23 de junio de 2004 (fs. 14 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- Fragmento 6
- a)
- b)
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- En caso que el vehículo esté registrado con denuncia de robo será remitido al Fiscal adscrito a DIPROVE
- III.2. Intervención del Ministerio Público
- con lo que la investigación penal concluyó y por ende la participación del Ministerio Público en el caso.
- el trámite de nacionalización que es de absoluta competencia de la Aduana Nacional
- 2º CONCEDER