I.3. Petición
Ninguna de las demandas indica con precisión su petitorio, puesto que señalan que interponen recurso directo de nulidad "contra los actos ilegales e indebidos producidos por la Prefectura desde el inicio de la admisión de la demanda, la suspensión ilegal del proceso y los actos nulos posteriormente refrendados por autoridades no legitimadas para este acto" (sic), a fs. 23 in fine y vta. del expediente 2006-13685-28-RDN, y a fs. 28 vta. in fine del expediente 2006-13686-28-RDN.
- recurso directo de nulidad interpuesto
- Fragmento 2
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.3. Petición
- I.4. Trámite procesal
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- el art. 32 de la LTC referido a los defectos formales subsanables
- II.2.1. Requisitos formales subsanables y requisitos de contenido insubsanables de los recursos constitucionales
- La interposición del recurso en término legal
- la necesaria fundamentación jurídica del recurso sobre la nulidad de la Resolución o acto impugnado, que justifique ingresar al fondo de la problemática planteada
- a)
- en el caso del recurso directo de nulidad, exige que se precise qué acto o resolución se está recurriendo de ilegal por falta, cesación o usurpación de competencia, cuya nulidad se solicita
- no indican su petitorio con precisión y claridad, no mencionan qué acto o Resolución están impugnado de nula, por falta de competencia
- no debe entenderse que tal protección constitucional sea aplicable a supuestas infracciones al debido proceso, en cualquiera de las formas en que las mismas pudieran producirse en los procesos
- Fragmento 18
- RECHAZA
