Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0323/2006-R
Fecha: 05-Abr-2006
II.2.
II.2. Por Sentencia 56/2005, de 26 de abril de 2005 (fs. 16 a 19), la Jueza Segunda de Instrucción en lo Civil, declaró improbada la demanda de nulidad interpuesta por la recurrente contra Esther Demetria Ramallo Estremadoiro Vda. de Carpio y otra, improbada la excepción perentoria de falta de acción y probadas las excepciones de falta de derecho y causa opuesta contra la demanda principal. Sentencia que fue notificada al representado de la recurrente, el jueves 28 de abril de 2005 a horas 10:30 (fs. 20).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- a)
- III.1.
- si en la labor interpretativa se cumplieron los requisitos de la interpretación admitidos por el derecho
- ante la invocación de infracciones a las reglas de la interpretación admitidas por el derecho
- III.2.
- III.3.