SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0378/2006-R
Fecha: 18-Abr-2006
recurso
En revisión la Resolución de fs. 212 a 214, de 6 de julio de 2005, pronunciada por el Juez Primero de Partido de Familia, Niñez y Adolescencia de Quillacollo del Distrito Judicial de Cochabamba dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Alberto Alanes Coca, Trifonia Sotelo de Alanes, Benedicto Aguilar Sánchez y Sofía Ondarza Loayza contra Giovanna Aleida Balderrama Medrano y José Luis Prado Rodríguez, jueces de Instrucción de Tiquipaya y Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de Quillacollo, respectivamente, alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, “a la legalidad de los procesos”, a la defensa, al debido proceso, de petición y a la propiedad privada, reconocidos -según dice- por los arts. 7 inc. a), 8 inc. a), 16.II y IV, 32, 116 y 228 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- a)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- i)
- III.1.
- III.2. Ausencia de régimen legal que regule el cambio de la jurisdicción civil a la jurisdicción agraria en acciones reales sobre la propiedad inmueble
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- 3º