SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0385/2006-R
Fecha: 21-Abr-2006
Fragmento 12
La recurrente aduce lesión a los derechos de su representada a la seguridad jurídica, a la defensa y la garantía del debido proceso, por cuanto dentro de la demanda ejecutiva seguida por el Banco Unión S.A. contra “Gran Hotel Santa Cruz S.R.L.” y otras, ante el Juzgado Tercero de Partido en lo Civil Comercial, su representada interpuso incidente de nulidad de notificación, por haber sido practicada la misma con la demanda en un domicilio distinto al suyo, que sin embargo, dicho incidente fue rechazado sin apertura del término probatorio, por lo que su representada interpuso recurso de apelación contra el Auto de rechazo, que mereció el Auto de Vista 551, de 19 de octubre de 2004 en el que los vocales co recurridos no cumplieron con su deber de examinación de oficio del proceso. Corresponde analizar en revisión si en la especie es pertinente otorgar la tutela pretendida.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- procedente
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 12
- III.1.
- cuya finalidad es la de vincular a los sujetos procesales con interés jurídico para intervenir en el respectivo proceso y conocer de las diferentes diligencias y actuaciones que emergen del mismo
- la notificación, no está dirigida a cumplir una formalidad procesal en si misma, sino a asegurar que la determinación judicial objeto de la misma sea conocida efectivamente por el destinatario
- III.3.