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    AUTO CONSTITUCIONAL 133/2006-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 133/2006-RCA

    Fecha: 15-May-2006

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    • revisión
    • Fragmento 2
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • I.2. Resolución
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Fragmento 6
    • I.-
    • los defectos formales, que son los previstos en los numerales I, II y V del art. 97, podrán ser subsanados
    • Sobre la importancia
    • quien debe contar con la capacidad procesal es precisamente el titular del derecho fundamental lesionado
    • II.4.1.
    • no ha acreditado que esté facultada para delegar de manera unilateral dicha representación y otorgar poder notarial a terceros
    • II.4.2.
    • sino el rechazo del recurso
    • aunque debió rechazarlo
    • APROBAR

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