SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0040/2006
Fecha: 23-May-2006
a)
a) En 3 de marzo de 2004 se emitió acta de infracción 079327 contra la empresa “Artax Import Export”, debido a que en la verificación de exportación que se realizó en los garajes de la terminal de buses de La Paz, se constató que el producto a ser exportado no lleva impreso en la etiqueta la leyenda “Exportación”, por lo que se determinó el incumplimiento a la Resolución Administrativa (RA) 05-04-07 en cuanto a la forma de impresión de etiquetas de productos para exportación, de modo que se le aplicó la sanción de UFV's5000.-.
a) Jorge Arturo García Meza Ballivián en su condición de Gerente General de la Empresa “Artax Import Export” S.R.L., interpuso demanda contencioso tributaria contra el Gerente a.i. GRACO, impugnando la Resolución Sancionatoria 00455 de 31 de diciembre de 2004. Por Resolución 11/2005 de 20 de diciembre de 2005, admitió la demanda y corrió traslado al demandado, quien respondió al fondo de la demanda el 1 de marzo de 2006, de manera que por Auto de 2 del mismo mes, se abrió el término de prueba de acuerdo al art. 265 del CTb, el 30 de marzo de 2006 la Administración Tributaria ha ofrecido prueba y alegó para sentencia, todo lo que implica que ha afirmado la competencia del Juzgador, invalidando la presente demanda de nulidad.
a) La Disposición Final Primera CTB, es incompatible con la Constitución Política del Estado por cuanto al derogar el art. 157 inc. b) de la LOJ, suprime la competencia de los jueces en materia administrativa, coactiva fiscal y tributaria, para conocer y decidir los procesos contencioso tributarios, por demandas originadas en los actos que determinan tributos y en general todas las acciones referidas a materia tributaria, lesiona los derechos fundamentales de la persona los derechos, entre ellos, al debido proceso en su elemento del juez natural, independiente e imparcial, así como a los valores supremos de la justicia e igualdad.
- recurso directo de nulidad
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- II.1.
- II.3.
- II.7..
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
- 1)
- III.2. Las Sentencias Constitucionales emitidas en torno al Código Tributario Boliviano.
- 3)
- 5)
- 6)
- III.2.3. La SC 0076/2004,
- Fragmento 20
- de la relación de los fallos constitucionales pronunciados por este Tribunal
- en primer término,
- En segundo lugar,
- Por consiguiente, al haber fenecido el término que la tantas veces citada SC 0076/2004 estableció para que
- III.4.
- de acuerdo a lo dispuesto en la SC 0018/2004, de 2 de marzo, el art. 157 inc. b) de la LOJ, así como el procedimiento tributario establecido en el anterior Código tributario se halla plenamente vigente; en consecuencia, las cuestiones de competencia deben ser impugnadas a través del medio legal previsto en el art. 237 inc. 6) del CTb, Ley 1340,
- INFUNDADO