SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0040/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0040/2006

Fecha: 23-May-2006

g)

g)      Argumenta que el Juez recurrido, al emitir el Auto impugnado, por medio del que admitió la demanda contencioso tributaria  formulada por “Artax Import Export”, ha violado la seguridad jurídica y el debido proceso, causando agravios a la Administración Tributaria en clara trasgresión del art. 29 de la CPE.

g)      Finalmente -arguye- la Ley 3092 no ha derogado el art. 157 inc. b) de la Ley de Organización Judicial (LOJ), que fija la competencia de los jueces en materia administrativa, coactiva fiscal y tributaria para conocer y decidir sobre los actos que determinen tributos y en general, de las relaciones jurídicas emergentes de la aplicación de leyes tributarias, la nombrada disposición que fue derogada por la Disposición Final Primera del CTB, está ahora vigente porque dicha Disposición Final Primera ha sido expresamente declarada inconstitucional  por SC 0018/2004, de 2 de marzo, todo lo que fue reconocido en la SC 0535/2005-R, de 18 de mayo, en la que se estableció que la impugnación de los actos administrativos ante la autoridad jurisdiccional por vía del contencioso tributario está plenamente vigente.