SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0041/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0041/2006

Fecha: 24-May-2006

En aplicación del art. 85 inc.1) de la LTC, se impone a la empresa recurrente una multa en Bs200.- suma que deberá depositar a la orden del Tesoro Judicial en el plazo de tres días a partir de su notificación con la presente Sentencia, debiendo remitir a este Tribunal el original del comprobante de pago.