SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0041/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0041/2006

Fecha: 24-May-2006

II.1.

II.1.--El 7 de abril de 2000 (fs.11 a 12), Rodrigo Arce Oropeza en su calidad de Gerente Regional y representante de la Sociedad Anónima PREVISION BBV Administradora de Fondos de Pensiones “AFP PREVISION BBV S.A.” formuló demanda ejecutiva social contra la Compañía Boliviana de Transporte Aéreo Privado S.A. “AEROSUR S.A.”, cobrando la suma de Bs507.236,42.- por concepto de cotizaciones, primas, comisiones, intereses y recargos, contenida en la nota de débito 00058.

Por Auto de “11 de abril de 1999”, el Juez Segundo de Partido del Trabajo y Seguridad Social intimó a “AEROSUR S.A.” en la persona de su Gerente Oscar Arano Peredo, para que dentro de tercero dia hábil de su legal citación cancele a AFP PREVISION la suma adeudada, bajo apercibimiento de ley (fs. 12 vta.).

Mediante Sentencia de 15 de julio de 2000 (fs. 31 y vta.), el Juez Segundo de Partido del Trabajo y Seguridad Social declaró improbada la excepción de impersonería del ejecutado, con costas y probada la demanda, por consiguiente haber lugar al remate de los bienes embargados o por embargarse que se reconozcan propios del deudor de plazo vencido para que con el producto del remate se cancela la suma adeudada de Bs507.236, 42.- más intereses y costas.