SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0041/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0041/2006

Fecha: 24-May-2006

II.9.

II.9.  El 4 de octubre de 2004, la AFP PREVISION BBVA ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES S.A., representada legalmente por Oscar Terceros Suárez y AEROSUR S.A., representada por Humberto Roca Leigue, suscribieron el convenio privado de pago de contribuciones en mora, en el que de acuerdo a la liquidación efectuada por AFP PREVISIÓN BBV S.A. el 1 de octubre de 2004, determinan que la deuda por concepto de contribuciones en mora ascendía a Bs7.047813,19.-, importe que el deudor se comprometía a cancelar en doce cuotas mensuales y sucesivas de acuerdo al programa de pagos establecido entre partes y que era parte del convenio, correspondiente a los meses de septiembre a diciembre de 1999; enero a diciembre de 2000; enero a diciembre 2001; enero a diciembre 2002; enero a diciembre de 2003 y enero a julio de 2004 (fs. 109 a 111).

          En virtud del la suscripción del referido compromiso y a solicitud del representante legal de AFP PREVISION BBV S.A. por decreto de 9 de octubre de 2004 (fs. 112 vta.), se dio curso a la solicitud de descongelamiento de fondos de la empresa ejecutada; asimismo, se ordenó dejar en suspenso las medidas precautorias ordenadas (fs. 112 vta.).