SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0492/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0492/2006-R

Fecha: 23-May-2006

Fragmento 10

           Conforme la jurisprudencia constitucional lo ha dejado establecido en las SSCC 0984/2002-R, 0455/2004-R, 0657/2004-R, 0038/2005-R, 0206/2006-R,  entre muchas otras, ha determinado que la legitimación pasiva  es: “(…) la calidad que se adquiere por la coincidencia que se da entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos y aquella contra quien se dirige la acción (…)”;  por lo que para que se viabilice (active) esta acción tutelar, respecto a la  legitimación pasiva, “es ineludible que el Recurso sea dirigido contra el sujeto que cometió el acto ilegal o la omisión indebida, es decir el agraviante (SSCC 0325/2001-R, 0863/2001-R, 0717/2002-R, 1445/2002-R, 0222/2003-R, 0455/2003-R, 0794/2003-R, 0947/2004-R y 0088/2005-R, entre otras)”.