Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0492/2006-R
Fecha: 23-May-2006
recurso de amparo constitucional
En revisión, la Resolución 033/2005, cursante de fs. 49 a 50, pronunciada el 9 de septiembre por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Richard Montaño Velasco en representación de Víctor Claudio Chipana Mamani contra Ramón Justino Daza Rivero, Prefecto del Departamento, Raúl Delgado Álvarez, Director de la Unidad de Saneamiento Ambiental y Sergio Celier Arispe Torrico alegando la vulneración del derecho al trabajo de su representado, consagrado en el art. 7 inc. d) de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- i)
- a)
- improcedente
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. La legitimación pasiva en los recurridos
- , siempre que no exista otro recurso o vía legal para demandar el respeto de tales derechos.
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno.
- que a través del amparo constitucional no se puede ingresar a examinar si las autoridades recurridas actuaron sin competencia o usurparon funciones que no les corresponde
- APRUEBA