SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0495/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0495/2006-R

Fecha: 23-May-2006

1)

          Por otra parte, en cuanto la exigencia de precisar los derechos y garantías          que se consideren restringidos, suprimidos o amenazados, la señalada       Sentencia dejó establecido que: "como quedó precisado en el punto       anterior, la causa de pedir contiene dos elementos: 1) el elemento fáctico     que está referido a los hechos que sirven de fundamento al recurso; 2) el           elemento normativo, es decir, a los derechos o garantías que con esos      hechos hubieren sido lesionados por esos hechos, que deben ser precisados   por el recurrente; sin embargo, como en los hechos debe acreditarse      el derecho vulnerado, es preciso que exista una relación de   causalidad entre el hecho que sirve de fundamento y la lesión           causada al derecho o garantía. De ahí que el cumplimiento de    esta exigencia no se reduce a enumerar artículos, sino a         explicarse desde el punto de vista causal, cómo esos hechos      han lesionado el derecho en cuestión".