SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0495/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0495/2006-R

Fecha: 23-May-2006

“la precisión de derechos o garantías considerados suprimidos o amenazados, está estrechamente  vinculada  con  los  presupuestos  de procedencia contenidos en el art. 94 de la LTC que señala que el acto, omisión o resolución ilegal o indebida debe restringir, suprimir o amenazar restringir o suprimir los derechos o garantías reconocidos en la Constitución Política del Estado, pues el recurso está dirigido exclusivamente a analizar los actos lesivos de tales derechos y garantías, no así actos que vulneren intereses jurídicos distintos, no comprendidos en el art.       94 de la LTC; de lo que se extrae que si la acción que sirve de base del amparo no logra lesionar un derecho o garantía, no está dentro del ámbito de la  protección que brinda el art. 19           Constitucional.

Ahora bien, de la jurisprudencia glosada y conforme concluyó la SC 1091/2005-R, de 12 de septiembre: “la precisión de derechos o garantías considerados suprimidos o amenazados, está estrechamente  vinculada  con  los  presupuestos  de procedencia contenidos en el art. 94 de la LTC que señala que el acto, omisión o resolución ilegal o indebida debe restringir, suprimir o amenazar restringir o suprimir los derechos o garantías reconocidos en la Constitución Política del Estado, pues el recurso está dirigido exclusivamente a analizar los actos lesivos de tales derechos y garantías, no así actos que vulneren intereses jurídicos distintos, no comprendidos en el art.       94 de la LTC; de lo que se extrae que si la acción que sirve de base del amparo no logra lesionar un derecho o garantía, no está dentro del ámbito de la  protección que brinda el art. 19           Constitucional.