Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0544/2006-R
Fecha: 12-Jun-2006
II.4.
II.4. Por informe 422/94 de 25 de noviembre de 1994 de la Dirección de Asesoría Legal del Municipio se determinó que: simultáneamente a la aprobación de planos de urbanización, deberán tramitar el cambio de uso de suelo (fs. 147) y, según informe 1567/94 de 30 de diciembre de 1994, del Director de Planificación de la Alcaldía, se determinó que la fracción que se pretende urbanizar forma parte de un área verde, cuyos terrenos se ganaron al Río Rocha. En caso de efectuarse el cambio de uso de suelo se sugirió como mínimo de cesión el 32% (fs. 148 a 149).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.8.
- II.13.
- II.14.
- III.1.
- subsidiaria
- III.2.
- III.3.
- si en criterio de las recurrentes el Ejecutivo Municipal no hizo cumplir la Resolución Municipal tantas veces referida, debieron impugnar esta omisión ante el mismo Alcalde y en su caso ante el Concejo Municipal,
- no denunció este hecho ante el Ente Deliberante para que éste a su vez exija al Alcalde el cumplimiento de sus determinaciones a través de los medios legales que establece la ley