SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0544/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0544/2006-R

Fecha: 12-Jun-2006

no denunció este hecho ante el Ente Deliberante para que éste a su vez exija al Alcalde el cumplimiento de sus determinaciones a través de los medios legales que establece la ley

         En la especie, si bien el recurrente acudió ante el Alcalde recurrido a los efectos del cumplimiento de las Resoluciones del Concejo Municipal, empero, en vista de su omisión, no denunció este hecho ante el Ente Deliberante para que éste a su vez exija al Alcalde el cumplimiento de sus determinaciones a través de los medios legales que establece la ley, por el contrario, interpuso directamente amparo constitucional sin agotar previamente la vía administrativa, aspecto que determina la improcedencia de este recurso extraordinario y subsidiario.