Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0560/2006-R
Fecha: 14-Jun-2006
II.3.
II.3. El 31 de agosto de 2000 (fs. 93 y vta. del anexo 1), el representado del recurrente prestó su declaración indagatoria, señalando tener domicilio en Colonia Siempre Unidos de Caranavi de los Yungas y con domicilio eventual en la zona de Villa Ingavi, calle Escoma “cree” en el 1074. Posteriormente por memorial de 31 de agosto de 2000 (fs. 96 del Anexo 1), señaló domicilio en la oficina 3 de la calle Jorge Carrasco 21.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- II.14.
- II.17.
- II.20.
- i)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- en presencia de un testigo idóneo que firmará la diligencia