SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0568/2006-R
Fecha: 19-Jun-2006
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 14 de septiembre de 2005, cursante de fs. 398 a 404, y el de subsanación de 19 de igual mes y año, cursante de fs. 405 a 409, la recurrente manifiesta que dentro del proceso ejecutivo iniciado en su contra, los ejecutantes señalaron un domicilio falso a efectos de su notificación, lo que dio lugar a vicios procesales en la práctica de notificaciones y representaciones que no fueron corregidas en su momento por las autoridades recurridas. Por otra parte, sostiene que dicha acción se planteó sobre la base de documentos privados no ejecutivos, situación que no fue reparada por las autoridades recurridas en ningún momento del proceso en desconocimiento de sus deberes jurisdiccionales; que como consecuencia de ello, el proceso concluyó con una ilegal Sentencia y Auto de Vista.
Asevera que en ejecución de Sentencia se ejecutó un inmueble no conferido en garantía; adjudicándose el mismo en forma ilegal; por cuanto, el inmueble ubicado en la ciudad de La Paz, zona obrajes, av. Hernando Siles 102, con matrícula en DD.RR., 2.01.0.99.0000774, nunca fue otorgado en garantía a los ejecutantes. Posteriormente, el remate y después de la adjudicación del referido bien inmueble en beneficio de Ricardo Cirilo Fernández Gutiérrez y Ana Cecilia Salguero Corro, fueron ilegales, por cuanto se adjudicó en el precio de $US22.413,34 cuando el costo real de la adjudicación fue de $US28.016,68.-, precio que no fue oblado y menos aún compensado con alguna liquidación; no obstante que el informe de avalúo de inmueble estaba referido al inmueble de la ciudad de La Paz, zona obrajes, calle Héctor Ormachea esquina calle “16” 5995, segundo piso, departamento 102 y cuando el valor catastral de dicho inmueble fue certificado con el importe de $US60.877.53.-; habiendo la Jueza Tercera de Partido en lo Civil y Comercial unido dos direcciones de dichos inmuebles que son distintos como si se tratara de uno solo; a cuyo efecto, se dictó la Resolución 134/2003 de 9 de abril, por la que adjudicó a los recurrentes el inmueble de referencia en la suma solicitada por ellos.
Señala que no se notificó a Yolanda Julieta Mansilla Medina, en su condición de poseedora legal del inmueble objeto de ejecución en desconocimiento de lo dispuesto por Resolución de 16 de febrero, así como no se determinó con precisión cuál era la dirección del inmueble a ser desapoderado, irregularidades que fueron observadas oportunamente, las que no fueron consideradas por la Jueza Tercera de Partido en lo Civil y Comercial, quien por el contrario, ratificó su errónea determinación; luego el Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial correcurrido quien asumió la suplencia legal de la mencionada Jueza, sin tener presente los pormenores detallados arbitraria e ilegalmente emitió un mandamiento de desapoderamiento, acontecimientos que dieron lugar a que el 20 de junio de 2005 la parte ejecutante argumentando contar con un mandamiento de desapoderamiento, actuara dolosamente en contra de los ocupantes el departamento ubicado en la zona de Obrajes, calle Héctor Ormachea esquina “14” 5995, segundo piso, departamento 102, sorprendiendo a los mismos; es decir, las autoridades recurridas denegaron los petitorios legales y de regularización procesal, materializados en petitorios de nulidad, apelaciones, complementaciones y enmiendas, reposiciones y otros recursos y peticiones, reparos que no fueron atendidos por las autoridades recurridas que mantuvieron a ultranza las omisiones indebidas y los actos ilegales de referencia; en cuya virtud fueron deducidos recursos de apelación. Finalmente, indica que el Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial le negó sus petitorios de francatura de fotostáticas legalizadas que fueron solicitadas para el planteamiento del presente recurso, lesionando su derecho a la petición.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6
- II.7.
- Fragmento 14
- II.9.
- II.10.
- (fs.268 vta.).
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III.1.1.
- Fragmento 22
- los decretos y providencias
- b)
- III.2.
- III.2.1.
- III.2.2.
- III.2.3.
- III.2.4.